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R E S U M E N E J E C U T I V O D E L I N F O R M E A N U A L D E 2 0 1 6

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La ABE tiene la tarea de contribuir, promover

y supervisar el

funcionamiento

eficiente, efec-

tivo y coherente de los

colegios de superviso-

res de toda la UE.

En el Plan de acción de los

colegios para 2016 se tuvieron en cuenta los

resultados de la evaluación de los colegios de

supervisión en 2015, se incorporaron requisi-

tos relevantes basados en desarrollos regula-

dores y también se aprovechó el trabajo de la

ABE en materia de análisis de riesgo. El infor-

me público de la ABE sobre el funcionamiento

de los colegios de supervisores en 2016 llegó

a la conclusión de que, en general, el nivel y la

calidad de los compromisos en los colegios de

supervisores se mejoraron aún más en 2016,

en particular la calidad y profundidad de los

debates.

Con respecto al desarrollo de metodologías

para el proceso de

revisión supervisora

y eva-

luación, la ABE llevó a cabo las siguientes ta-

reas en 2016:

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ƒ

La publicación del Dictamen de la ABE so-

bre el

importe máximo distribuible (IMD)

en diciembre de 2015 aportó claridad a los

supervisores, bancos y participantes del

mercado para el proceso de revisión super-

visora llevado a cabo en 2016. El dictamen

tuvo como objetivo clarificar las disposicio-

nes del artículo 141 de la DRC que limitan

la distribución de los beneficios intermedios

y al cierre del ejercicio de fin de año en caso

de incumplimiento del requisito combinado

de colchón.

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La ABE introdujo el concepto de

directrices

de capital del pilar 2 (P2G)

en julio de 2016

en relación con la prueba de resistencia

a nivel de la UE y explicó cómo una «direc-

triz de capital» adicional puede usarse como

herramienta para abordar los resultados

cuantitativos de la prueba de resistencia.

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La ABE publicó en noviembre un conjunto

de directrices relativas al

proceso de eva-

luación de la adecuación del capital inter-

no (ICAAP) y el proceso de evaluación de la

adecuación de la liquidez interna (ILAAP)

que las AC deberían recopilar de las entida-

des para el proceso de revisión supervisora

y evaluación (PRES). Estas Directrices fa-

cilitaron una evaluación supervisora cohe-

rente de los modelos internos de evaluación

de riesgos desarrollados por los bancos,

la fiabilidad de las estimaciones de capital

y liquidez de ICAAP e ILAAP, su uso en la

evaluación de la adecuación de capital y li-

quidez de las entidades y la determinación

de fondos propios adicionales y requisitos

de liquidez.

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La importancia cada vez mayor y la crecien-

te complejidad del riesgo de las

tecnologías

de la información y la comunicación (TIC)

en el sector bancario y en las entidades in-

dividuales llevó a la ABE a desarrollar, a ini-

ciativa propia, un proyecto de directrices di-

rigidas a las autoridades competentes para

promover procedimientos y metodologías

comunes para la evaluación del riesgo de

las TIC. El documento de consulta se publi-

có en octubre de 2016.

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El

riesgo de tipo de interés derivado de ac-

tividades ajenas a la cartera de negociación

(IRRBB)

es un riesgo financiero importante

para las entidades de crédito, que tradicio-

nalmente ha sido considerado como parte

del proceso de revisión supervisora. Con

el fin de notificar las expectativas en cuan-

to a la gestión del IRRBB, en 2015 la ABE

publicó las directrices sobre la gestión del

IRRBB, que se actualizaron en abril de 2016.

En 2016, el personal de la ABE continuó pres-

tando apoyo a las

actividades del plan de re-

cuperación

llevadas a cabo en los colegios de

supervisores, contribuyendo a la evaluación

de los planes de recuperación grupal, espe-

cialmente los relativos al aspecto de la cober-

tura de entidades individuales en los planes

de recuperación grupal, y facilitando los de-

bates sobre planificación de recuperación du-

rante los colegios de supervisores. En julio, se

publicó un informe comparativo relativo a los

acuerdos de gobernanza y los indicadores de

recuperación, basado en el análisis de 26 pla-

nes de grandes grupos bancarios europeos

transfronterizos.